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Descartan ejecuciones extrajudiciales en rescate de rehenes en Perú

El procurador del Ministerio de Defensa, Gustavo Adrianzén, indicó a periodistas que los informes rechazan la existencia de arteros crímenes, por parte de militares que ingresaron a la residencia nipona donde los secuestrados estuvieron durante 126 días.

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Dos dictámenes periciales descartaron hoy que militares peruanos hayan ejecutado extrajudicialmente a algunos rebeldes del MRTA, durante el rescate de 72 personas que permanecían como rehenes en la residencia japonesa, en abril de 1997.

El procurador del Ministerio de Defensa, Gustavo Adrianzén, indicó a periodistas que los informes rechazan la existencia de arteros crímenes, por parte de militares que ingresaron a la residencia nipona donde los secuestrados estuvieron durante 126 días.

Explicó que tanto el informe del Dictamen Pericial de Restos de Disparo por Arma de Fuego y el Dictamen de Medicina Forense permiten tener “nuevos elementos de juicio” en este caso en el que aparecen involucrados ex militares.

Ambos informes serán presentados como prueba ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el marco de la defensa de Perú en el proceso seguido para determinar si hubo ejecuciones extrajudiciales en la denominada operación Chavín de Huántar.

Reveló que por indicación de los ministros de Justicia, Juan Jiménez Mayor; y de Defensa, Alberto Otárola, se inició una labor más proactiva y presencial en un proceso que se encontraba bastante desatendido.

“Ha sido en este marco en que hemos tratado de obtener informes técnicos que permitirían abrir nuevas luces para que los responsables de gestionar este proceso, puedan tener elementos de juicio”, recalcó.

Destacó el hecho que ambos informes periciales “brinden respuesta a las interrogantes al proceso que se sigue ante la Tercera Sala Penal Especial de la Base Naval del Callao”.

El análisis realizado a los restos de disparo de arma de fuego efectuado al cadáver NN14, del emerretista Eduardo Cruz Sánchez, alias “Tito”, arrojan que éste “no fue realizado a corta distancia”, señaló el informe.

“De acuerdo a los resultados plasmados en el Dictamen Pericial de Restos de Disparo por Arma de Fuego no se encontraron restos de disparo de plomo, antimonio y bario. Lo que nos indica que el disparo por arma de fuego no fue efectuado a corta distancia”, dijo.

En tal sentido, el procurador Adrianzén indicó que con ello se comprueba que “Tito” hizo disparos y participó en el combate con lo cual se descarta la aseveración de que fue ejecutado.

El disparo fue tangencial, que cruza de izquierda a derecha, sin dejar dudas de que se trató de un disparo a larga distancia, entre 8 a 10 metros, añadió.

“Ha quedado comprobado también que Tito llevaba una granada en la mano y que es imposible que este explosivo haya sido colocado posteriormente, porque el espasmo cadavérico no permite que alguien coloque nada en la mano”, añadió.

El 17 de diciembre de 1996 un grupo de subversivos del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA) secuestró a diplomáticos, políticos y empresarios peruanos dentro de la residencia japonesa y los retuvo durante 126 días.

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